Página Oficial de la Federación Cántabra de Karate y D.A.
Derechos y Deberes de los Deportistas
Derechos
1. Representar a Cantabria, cuando sean requeridos para ello.
2. Libertad para suscribir licencia, respetando las normas establecidas.
3. Ser preparado y enseñado por un profesor titulado, por la escuela regional o nacional de preparadores.
4. Recibir de la federación cántabra de karate un trato digno y respetuoso.
5. Recibir tutela de la federación cántabra de karate, con respeto a sus intereses legitimo deportivos.
6. Derecho a reclamación en caso de producirse un error administrativo.
Deberá seguirse las normas establecidas en esta materia, tramitándose a través del al que pertenece el competidor.
7. Derecho a competir en unas instalaciones adecuadas y con las medidas se seguridad e higienes suficientes.
8. Derecho a ser arbitrado con imparcialidad.
9. Ser electores y elegibles, figurando en los censos electorales.
10. Formar parte, en caso de ser elegido, de la Asamblea General, órganos consultivos.
11. Recibir información.
Deberes y Obligaciones
1. Mostrarse respetuoso con los organismos y dirigentes federativos de cualquier grado, con los clubes y sus directivos, con los árbitros y jueces, con los otros deportistas y el publico que pueda estar presente, haciendo gala en todo momento del espíritu del KARATEDO.
2. Aceptar las decisiones, deliberaciones o disposiciones de los órganos federativos competentes.
3. Presentar las eventuales reclamaciones o recursos a través de su club.
4. Aceptar las disposiciones de los árbitros durante las manifestaciones deportivas en las que tomen parte, realizando las reclamaciones que puedan estimar, con el debido respeto y por cauces establecidos.
5. Presentarse a las competiciones y entrenamientos a los cuales hayan sido convocados por los órganos federativos competentes, debiendo prevenir con la debida antelación las eventuales ausencias, justificándolas.
6. Abstenerse del uso de estimulantes prohibidos por el COE o COI, antes, durante y después de la competición.
7. Presentar los documentos que prevea la competición, tales como licencia, carnet de grados, DNI, Certificados médico, etc.
8. Deberá estar en posesión de la licencia expedida por la federación cántabra del año en curso.
Director de Arbitraje
Al director de arbitraje le corresponden las siguientes competencias:
A. Formación, perfeccionamiento, tecnificación y promoción del árbitro.
B. Los cursos de Titulación y Actualización a nivel regional.
C. La designación de los árbitros para las competiciones.
D. La supervisión y control de del arbitraje durante la competición.
E. El nombramiento de la Comisión de arbitraje.
F. Para cualquier problema arbitral o de carácter disciplinario que se origine antes, durante y después del combate, el director de arbitraje procederá según el reglamento de arbitraje en el artículo correspondiente.
Comisión de Arbitraje
Las competencias de la Comisión de arbitraje son las siguientes:
A. Asegurarse la correcta preparación del torneo de acuerdo con el comité organizador del mismo con respecto a la organización del área de competición, provisión y despliegue de todo equipo y medios necesarios, marcha de los encuentros y su supervisión, etc.
B. Nombrar y situar a los jefes de Tapiz en sus zonas respectivas y actuar consecuentemente en función de los informes realizados por los jefes de tapiz.
C. Supervisar y coordinar la actuación general de los componentes del cuerpo arbitral.
D. Investigar y decidir sobre protestas oficiales.
E. Realizar el juicio final de las cuestiones de índole técnica que puedan suscitarse durante un combate y no estén estipuladas en las reglas.
Departamento de Organización
Composición
El director de organización es la figura que tiene encomendada la función de aportar todo lo necesario para desarrollo de las actividades dependientes del departamento de la dirección técnica y que no tiene nada que ver con lo estrictamente técnico.
El director de organización tendrá a su cargo un subdirector de organización y todo el personal necesario para la consecución de las actividades propias de su cargo.
Funciones
Al director de organización le compete la supervisión técnica de las instalaciones deportivas y cuidara, en lo posible, que estas reúnan las condiciones necesarias para un buen desarrollo de la misma. Habilitará lugares para árbitros, cronos, etc. Para que pueda mantener una buena organización en las instalaciones, el director de organización separara claramente el área de calentamiento del área de competición,
Al director de organización le corresponde tener en orden y cuidar de que el material necesario para desarrollo de las actividades este en perfecto estado de uso. El director de organización cuidará que cuando se celebre una actividad de kumite, este presente el servicio médico, para lo cual, deberá recabar de la secretaria general la citación del asesor médico.
Inscripciones
Para las competiciones federativas, las inscripciones deben ser enviadas por escrito por el Club o Agrupación deportiva a la cual pertenece el deportista y dentro del plazo establecido en las normas de competición, certificado por el director técnico del Club o Agrupación Deportiva la veracidad y comprobación de los datos contenidos en la misma, NO SE ADMITIRAN LAS INSCRIPCIONES PRESENTADAS FUERA DEL PLAZO INDICADO EN LA NORMATIVA.
Se establecen como normas de competición las contenidas en las circulares que al respecto remitirá la Federación Cántabra de Karate para cada competición. Las normas serán elaboradas por la comisión técnica, teniendo en cuenta las circunstancias de la competición.
En caso de equipos, las inscripciones se harán igualmente según la normativa, pudiéndose cambiar los componentes solo antes de realizar el sorteo. Una vez celebrado este no podrá cambiarse ninguno.
Es obligatorio indicar en la inscripción el delegado, encargado de los deportistas y de representar al Club o Agrupación Deportiva durante el sorteo. Una vez celebrado este no podrá cambiarse ninguno.
Es obligatorio indicar en la inscripción el delegado encargado de los deportistas y de representación del Club o Agrupación Deportiva durante la competición, que deberá aceptar si procede por los organizadores de la competición. Se indicará también el nombre de cuatro entrenadores que tendrá actualizado el curso de coach.
La inscripción a las competiciones deberá ser hecha por los Clubes o Agrupaciones Deportivas, no aceptándose inscripciones hechas personalmente por los deportistas.
El Club o Agrupación Deportiva es responsable tanto de la disciplina como de la tutela de los propios deportistas, pudiendo únicamente a través del delegado oficial los derechos o interese del mismo.
Sorteo
El sorteo de la competición será efectuado en el lugar y hora que especifiquen las normas. En el solo podrán estar presentes los organizadores y el delegado representante de cada Club o Agrupación deportiva.
Pesaje
En las normas de competición se especificará el lugar y hora en que tendrá lugar las operaciones de pesaje. Las operaciones de pesaje tendrán la duración que estime oportuno la federación o entidad organizadora, indicándolo previamente en la circular de la competición.
Los deportistas podrán gozar de una tolerancia de mas o menos quinientos gramos(500g.) respetando limites de la categoría. Los competidores deberán de participar en la categoría de peso a la cual pertenecen. En caso de que en una categoría de peso haya un solo inscrito pasara al peso superior.
Documentación para el Pesaje
En acto del pesaje, el competidor deberá de ir previsto del DNI o cualquier documento oficial que acredite su identidad, licencia federativa en vigor. Finalizado este no se admitirán reclamaciones debidas a posibles omisiones, debiendo comprobar el delegado que todos los deportistas que han sido pesados, constan en el sorteo.
Reclamación de las entidades
Las entidades que se sintieran perjudicadas por las decisiones de los organizadores de la competición, por el comportamiento de los adversarios o de los espectadores con vinculación federativa, podrá extender una reclamación por medio del delegado.
Las reclamaciones podrán únicamente referirse a errores de aplicación de las reglas de juego, a cuestiones disciplinarias o a la actuación de un deportista entidad o espectadores con vinculación federativa. No son admitidas reclamaciones por supuestos errores de valoración arbitral.
Podrán presentar las reclamaciones pertinentes los delegados de los clubes o agrupaciones deportivas. Sobre las reclamaciones de ámbito técnico delibera y decidirá el comité de competición.
Sobre las cuestiones disciplinarias entenderá el Comité de Disciplina competente, que recabará los informes del Comité de Competición. Y las observaciones realizadas por el delegado.
Las reclamaciones sobre irregularidades o falsificación de la documentación exigida, serán comprobadas por el director de la competición, el cual esta facultado para retirar a un competidor o al club/Agrupación deportiva correspondiente, con independencia de las sanciones disciplinarias
El comité de competición estará compuesto por:
1. Director de Arbitraje.
2. Director técnico.
3. Director de organización.
Responsabilidad de la Organización
Las entidades organizadoras de las competiciones son responsables de las mismas y deberán atenerse taxativamente a las normas establecidas por la FEDERACION CANTABRA DE KARATE Y DA
Liga por equipos
COMO RESOLVER EL EMPATE EN LOS ENCUENTROS:
Los encuentros se celebrarán en la totalidad de los componentes del equipo participante, bien sea femenino o masculino. En caso de empate en un encuentro parcial (equipos), se celebrará un combate suplementario (como si fuera individual) hasta resolver el empate.
Empate en liga:
1. Mayor numero de victorias del equipo/s, una vez celebrado todos los enfrentamientos con el resto de los equipos participantes
2. En caso de que fuesen dos los empatados, se resolverá por el resultado parcial entre el que hubiese obtenido la victoria en su encuentro.
3. Mayor numero de combates ganados entre la confrontación de todos los participantes en sus encuentros.
4. Mayor numero de puntos obtenidos en el encuentro, tanto de los combates ganados como los perdidos.
5. Menor número de puntos en contra.
6. Si persiste el empate, se realizará un combate suplementario.
Nota: El encuentro siempre será victoria hacia un equipo u otro.
Liga individual
En los encuentros individuales, no habrá empate en los combates, se resolverán por el sistema definido en el reglamento, con el fin de que exista solo victoria en dicho encuentro y así valorar las victorias
Empate en liga individual:
1. Mayor numero de victorias a su favor.
2. Resultado parcial entre los empatados, ganara aquel que tenga la victoria a favor entre los participantes en los encuentros.
3. Mayor numero de puntos a favor en todos los encuentros realizados con el resto de los participantes.
4. Menor número de puntos en contra.
Siguiendo este sistema, la solución del empate es más claro, rápido y decisivo, dando más competitividad y aptitud deportiva entre encuentros, evitando cualquier posible encuentro que pudiera concertarse de ante mano, creando posibles injusticias entre otros competidores, favoreciendo mas claridad y trasparencia en los encuentros y los empates.
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